miércoles, 19 de enero de 2011

el perfeccionismo de Mill, en Sobre la libertad, el utlitarismo y la razón práctica

Lo que Mill está atacando en "Sobre la libertad" es el conformismo del ser humano individual con la moral convencional y la opinión pública no cuestionada.

Tiene una veta liberal, antiperfeccionista, es decir, no se pronuncia sobre una ética de las virtudes. Solamente parece dar a entender que cada uno es muy dueño de vivir la vida como le parezca sin tener ninguna obligación de autodesarrollarse y mejorarse, en tanto no moleste a los demás o no limite con sus acciones la libertad de los demás de obrar según consideren oportuno. Pero irá más lejos y también dará contenido sustantivo a una moral de la libertad como conquista humana, ya que la "única libertad que merece este nombre es la de buscar nuestro propio bien, por nuestros propios medios, en tanto no privemos a los demás de los suyos, o les impidamos esforzarse para conseguirlo." El perfeccionismo de Mill quizá no pueda ser admitido por quienes rechazan todo "metron" que vaya más allá de las preferencias subjetivas y su optimización.

Pero se trata de un utilitarismo perfeccionista, es decir, que ve en la libertad también una palanca de cambio y revolución, sin duda. Además Mill como discí­pulo de Sócrates y Platón no menos que de Bentham creyó firmemente en la diferencia cualitativa de los placeres y la vida y eligió como única libertad la de llegar a hacer de nuestra vida una obra de arte. Es cierto que como en las éticas teleológicas griegas, principalmente en Platón y Aristóteles, la educación es necesaria y precisa de los cambios sociales. Mill considera que el ser humano cuenta con unos sentimientos naturales que no son innatos sino adquiridos, lo que constituye la fuerza de la moral utilitarista que se ocupa al tiempo del bienestar individual y general. Se trata de "los sentimientos sociales de la humanidad, el deseo de estar unidos con nuestros semejantes, que ya es un poderoso principio de la naturaleza humana y, afortunadamente, uno de los que tienden a robustecerse".

En el utilitarismo se propone lo correcto como lo útil, y el utilitarismo propone la justicia como rama de la utilidad. Desde Bentham, el utilitarismo se propone evalúar las acciones humanas basándose en sus consecuencias y en la utilidad como criterio para evaluar las consecuencias. Pero como buscar la utilidad individual no es una obligación moral, sino un hecho psicológico, para tomar una coloración moral el criterio de utilidad se somete al principio utilitarista, según el cual, una acción o un curso de acción será moralmente preerible a una acción o a cursos de acción alternativos cuando produzca la mayor utilidad para el mayor número. Lo bueno es lo útil; lo moralmente bueno (lo correcto) es lo más útil para el mayor número. El utilitarismo entiende que su ventaja frente a otras teorías éticas consiste en ofrecer un criterio racional para las elecciones, porque se basa en hechos observables y cuantificables: el hecho psicológico constatable de que el fin último de la vida humana es la felicidad, y el hecho económico es que esa felicidad es cuantificable, porque la satisfacción o la preferencia son susceptibles de medida. La razón moral se convierte ante todo en razón calculadora de la utilidad o la preferencia cuya maximización constituye la obligación moral. Sin duda existen discrepancias en el seno del utilitarismo y Mill es el principal abogado de las diferencias cualitativas, y no sólo cuantitativas, entre los placeres. Sin embargo si el utilitarismo quiere presentar el criterio de utilidad como una ventaja porque permite cuantificar, entonces necesita recurrir al cálculo de las consecuencias de las elecciones para satisfacer deseos y preferencias. Por eso importa utilizar medidas observables, que hagan posible realizar un cálculo, primero sobre la base de la utilidad y más tarde de la preferencia. La obligación moral consiste en realizar acciones que producen el mayor bien para el mayor número, o bien en realizar aquel tipo de acción que se subsume en una regla, siguiendo la cual se obtiene el mayor bien del mayor número. El utilitarismo sería exigente teniendo en cuenta los planes de vida de la mayoría: la justicia es una rama de la utilidad.

Sin embargo, el utilitarismo tiene grandes dificultades a la hora de transitar del bien subjetivo a lo correcto, a la objetividad moral que tiene capacidad de obligar. Ya Ross intentó mostrar que existe un conjunto de deberes cuya obligatoriedad no se funda en que produzca el mayor bien. Pero las críticas más agudas se presentan en el último tercio del siglo XX, de la mano de autores como Rawls o Sen.

Según Rawls, el utilitarismo extiende a la sociedad de forma ilegítima el principio individual de elección, fundado en la prudencia. El utilitarismo cree que, de la misma forma que las personas son prudentes cuando distribuyen sus oportunidades de gratificación y de sufrimiento a lo largo de sus vidas, de modo que resulte para ellas el mayor bien posible, la justicia consiste en aplicar el principio de prudencia racional al bienestar del grupo, distribuyendo las oportunidades de placer y dolor entre sus miembros, de modo que resulte el mayor bien para el mayor número. Sin embargo, esta extrapolación del individuo a la sociedad es inadmisible porque: 1) Es posible legitimar que se recorten las libertades y derechos básicos de algunos miembros, si con ello aumenta el bienestar general. 2) Cuando un individuo distribuye sus sacrificios y sus gratificaciones, y éstas se distribuyen entre personas distintas, la distribución puede ser desigual, de modo que a unas les correspondan los sacrificios, y a otras, las ventajas.

Sen por su parte entiende 1) que el afán de medir resultados al evaluar sistemas sociales, el afán de medir el cómputo de utilidades, puede llevar a olvidar que hay capacidades valiosas por sí mismas, independientemente de la utilidad que puedan reportar; que el que pregunta “libertad ¿para qué?” es que “ha nacido para servir”, siguiendo a Tocqueville; 2) que las personas más marginadas de una sociedad pueden acabar adaptándose a un régimen injusto, pueden autocensurar cualquier protesta, ignorando ya cuáles son sus preferencias, con tal de disfrutar del bienestar posible, en vez de aspirar a la libertad deseable. De ahí que precisamente por razones como éstas, según estos autores (entre otros) resulte indispensable defender la prioridad de los derechos y las libertades de cada uno de los miembros de la sociedad sobre el bienestar social, de forma que el bienestar de un individuo no pueda anular el derecho de otro. En una sociedad justa las libertades básicas han de estar garantizadas y los derechos no pueden someterse al cálculo del interés social. Lo justo se alinea con lo valioso en sí, con lo racionalmente exigible o razonable, con el ámbito de las normas cuyo cumplimiento puede exigirse. Lo bueno, por su parte, se alinea con lo valioso para mí o para nosotros con la invitación, el consejo, la habilidad y la prudencia. Pero todo ello ligado, en el caso de Rawls, no a la persona (Kant), sino al ciudadano. La ética del discurso por su parte unirá de nuevo los imperativos hipotéticos y la racionalidad a las decisiones personales, en la noción de autorrealización, y los imperativos categóricos a lo que es moralmente intersubjetivable, a la autonomía que universalizaríamos.

Podemos decir que razón empírico-práctica (Kant), autorrealización (ética del discurso) y racionalidad (Rawls) son tres nombres para designar la dimensión subjetiva de la racionalidad práctica, la racionalidad de lo justo, que es intersubjetivable. A esta dimensión pertenece la exigencia de igualdad, que es, según Dworkin, la virtud soberana.

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